DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE FACTURACIÓN

Conforme al artículo 13 del Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, y al artículo 15 de la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre.

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1.a) Nombre del sistema informático a que se refiere la declaración responsable:

AlteaFactur

1.b) Código identificador del sistema informático a que se refiere el apartado 1.a), de acuerdo con las especificaciones dadas en el apartado 2.6 del anexo:

AF

1.c) Identificador completo de la versión concreta del sistema informático a que se refiere la declaración responsable:

2.0

1.d) Componentes, hardware y software, de que consta el sistema informático a que se refiere la declaración responsable, junto con una breve descripción de lo que hace dicho sistema informático y de sus principales funcionalidades:

AlteaFactur es una aplicación web de facturación en la nube (software como servicio) a la que el usuario accede con un navegador. No requiere instalar hardware ni software en los equipos del usuario. Se ejecuta en servidores gestionados por el productor y consta de una aplicación web, una base de datos y un servicio interno de firma electrónica usado para las facturas electrónicas en formato Facturae y para los registros de la modalidad No «VERI*FACTU».

Permite emitir facturas completas, simplificadas y rectificativas, gestionar clientes, proveedores, artículos, series, presupuestos y gastos, crear y emitir facturas a partir de pedidos de tiendas WooCommerce y crear borradores de factura mediante una API de integración. Al emitir cada factura genera su registro de facturación de alta con la huella encadenada y el código QR y, cuando procede, los registros de anulación y de subsanación.

Cada obligado tributario utiliza el sistema en una de sus dos modalidades, que elige expresamente el propietario de la empresa mediante un procedimiento específico del sistema.

En la modalidad «VERI*FACTU», el sistema gestiona la remisión automática de los registros a los servicios electrónicos de la Agencia Tributaria con el certificado electrónico que el usuario incorpora al sistema, y se conserva la respuesta recibida.

En la modalidad No «VERI*FACTU», cada registro de facturación se encadena con el anterior del mismo obligado tributario, se firma electrónicamente y se conserva en el sistema de forma íntegra e inalterable, junto con el registro de eventos. Para firmar se utiliza el certificado electrónico que el obligado tributario incorpora al sistema y cuyo uso autoriza expresamente; antes de cada firma el sistema comprueba que el certificado es cualificado, que lo ha emitido un prestador incluido en la lista de confianza y que no está revocado. Estos registros no se remiten de forma automática a la Agencia Tributaria y se le remiten cuando esta los requiera.

La emisión de facturas reales exige que el usuario la active de forma expresa. Para pruebas técnicas, el sistema dispone de series de prueba claramente separadas de la emisión real: sus documentos se identifican como «SIN VALIDEZ FISCAL», se numeran con su propio contador, no se envían a clientes ni a integraciones externas y no pueden convertirse en facturas reales. En la modalidad «VERI*FACTU» sus registros se remiten únicamente al entorno de pruebas de la Agencia Tributaria y los registros de las facturas reales se remiten únicamente a su entorno de producción; en la modalidad No «VERI*FACTU» los documentos de prueba no generan registros de facturación.

1.e) Indicación de si el sistema informático a que se refiere la declaración responsable se ha producido de tal manera que, a los efectos de cumplir con el Reglamento, solo pueda funcionar exclusivamente como «VERI*FACTU», de acuerdo con las especificaciones dadas en el apartado 2.6 del anexo:

No. AlteaFactur es un único sistema que puede funcionar en la modalidad «VERI*FACTU» y en la modalidad No «VERI*FACTU»; cada obligado tributario lo utiliza en una de ellas.

1.f) Indicación de si el sistema informático a que se refiere la declaración responsable permite ser usado por varios obligados tributarios o por un mismo usuario para dar soporte a la facturación de varios obligados tributarios, de acuerdo con las especificaciones dadas en el apartado 2.6 del anexo:

Sí. AlteaFactur permite ser usado por varios obligados tributarios y por un mismo usuario para dar soporte a la facturación de varios obligados tributarios, de acuerdo con las especificaciones del apartado 2.6 del anexo de la Orden HAC/1177/2024.

1.g) Tipos de firma utilizados para firmar los registros de facturación y de evento en el caso de que el sistema informático a que se refiere la declaración responsable no sea utilizado como «VERI*FACTU»:

Firma electrónica XAdES Enveloped (XAdES-EPES), conforme a las especificaciones técnicas de la Agencia Tributaria para la firma electrónica de los registros de facturación, con la política de firma de la Administración General del Estado (urn:oid:2.16.724.1.3.1.1.2.1.9) y el algoritmo RSA-SHA256, realizada con un certificado electrónico cualificado cuyo titular es el obligado tributario o, si este es una entidad, su representante.

1.h) Nombre y apellidos de la persona o razón social de la entidad productora del sistema informático a que se refiere la declaración responsable:

César Fidalgo Pollán

1.i) Número de identificación fiscal (NIF) español de la persona o entidad productora del sistema informático a que se refiere la declaración responsable:

50701285Q

1.j) Dirección postal completa de contacto de la persona o entidad productora del sistema informático a que se refiere la declaración responsable:

Avda. Betanzos, 81 Bajo A, 28034 Madrid, España

1.k) La persona o entidad productora del sistema informático a que se refiere la declaración responsable deberá hacer constar que dicho sistema informático, en la versión indicada en ella, cumple con lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, en esta orden y en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para todo aquello que complete las especificaciones de esta orden.

César Fidalgo Pollán hace constar que AlteaFactur, en la versión 2.0, cumple con lo dispuesto en el artículo 29.2.j) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en el Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, en la Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, y en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para todo aquello que complete las especificaciones de dicha orden.

1.l) Fecha y lugar en los que la persona o entidad productora del sistema informático suscribe la declaración responsable del mismo:

Fecha: 22 de octubre de 2026.

Lugar: Madrid, España.

Anexo: otra información

2.a) Otras formas de contacto con la persona o entidad productora:

Correo electrónico: info@alteafactur.com

2.b) Direcciones de internet de la persona o entidad productora:

https://alteafactur.com

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Declaraciones de versiones anteriores

Versión 1.1, suscrita el 21 de octubre de 2026: Descargar declaración responsable firmada (PDF)

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